¿Qué son las cookies y por qué aparecen tantos avisos en las web?
Origen de las cookies
Usos de las cookies
Ley de cookies
Ante esta situación, se creó la Ley de cookies. Esta Ley buscaba regular el uso de este elemento informático que tan de moda está en Internet, tratando de hacer que fuera el usuario el que supiera en todo momento lo que ocurre cuando está navegando. Una de las normas de esta Ley establece que los responsables de los sitios web tienen el deber de informar a los usuarios ante el uso de cookies en determinadas circunstancias. La Ley entró en vigor el año pasado, y es por eso que cada vez son más las páginas web que están incluyendo estos avisos.
Básicamente, la Ley marca que hay dos tipos de cookies, unas de ellas requieren autorización por parte del usuario, por lo que es necesario un aviso en la propia página web, y las otras no.
Aquellas cookies que no requieren ningún tipo de autorización son las que son estrictamente necesarias para el funcionamiento de la página web a nivel técnico. No es necesario solicitar permiso, pues sin ellas la página web no podría funcionar. Un ejemplo de estas es el carrito de la compra. Y lo mismo ocurre con las cookies necesarias para iniciar un servicio solicitado por el usuario. Este último caso podría ser el del inicio de sesión. Si el usuario solicita que se recuerde su contraseña, es necesario utilizar una cookie, por lo que aquí no hay que solicitar una autorización expresa. No obstante, aunque no hay que solicitar dicha autorización, sí que es necesario que aparezca el uso de estas cookies en el aviso legal de la página web.
Sin embargo, hay otras cookies para las cuales no basta simplemente con que se incluya la información en la sección de aviso legal, sino que también es necesario que se solicite autorización para utilizarse. Hay tres tipos de cookies que están en esta situación:
- Cookie sin capacidad de identificación del usuario: Estas cookies, aunque no identifican al usuario, si no están incluidas en el grupo anterior, es necesario que soliciten el permiso al propio usuario.
- Cookie con capacidad de identificación del usuario: Es obvio que estas cookies, que son las que podrían resultar más intrusivas, requieren de una autorización del usuario. Nos identifican y pueden almacenar información sobre nosotros que se puede utilizar más tarde. Si en tu navegador se ha instalado una cookie publicitaria, es posible que ahora sepa que tú estás en PC Actual. No es raro que más tarde encuentres en Internet publicidad relacionada con la informática, gracias a los datos que ha obtenido anteriormente. Además, cookies de este tipo pueden saber dónde has hecho Me Gusta, qué artículos has leído, e incluso cuántos productos has comprado en una tienda online.
- Cookie aceptada en la configuración del navegador: Tampoco se salvan las cookies que hemos preaceptado en la configuración del navegador. Nosotros podemos configurar Chrome, Firefox, Explorer, o el navegador que sea, para aceptar de manera predeterminada una serie de cookies. Aun así, las páginas web están obligadas a informar al usuario y pedir autorización para el uso de estas.
¿Por qué tantos avisos ahora?
Lo que más llama la atención es la cantidad de páginas web que están incluyendo actualmente estos avisos. La Ley entró en vigor en marzo de 2012, hace ya más de 18 meses. ¿Por qué no empezaron a modificarse las páginas web entonces? El desconocimiento y la creencia de que nunca se llegaría a aplicar de manera correcta son los culpables. Existe una gran cantidad de usuarios con páginas web de poca importancia que hace uso de cookies pero que desconocía esta Ley. ¿Tiene sentido multarlos cuando su actividad con su web es casi nula?. Esta situación podría haber llevado a pensar que la Ley finalmente sería permisiva, pues no había forma de medir cuándo el responsable de una web estaba en conocimiento de ello, cuándo ha tenido la intención de saltarse la Ley y de cuándo una multa puede ser un gran perjuicio para el mismo cuando en realidad prácticamente no utiliza esa página web.
Sin embargo, todos comenzaron a introducir la notificación a los usuarios cuando se empezaron a imponer las primeras multas por el incumplimiento de la Ley. Este efecto sancionador ha provocado que, año y medio después, numerosas páginas web ya hayan publicado el texto legal correspondiente sobre las cookies.
La duda que queda todavía en el aire es si estos avisos son los correctos. La Ley remarca que se debe solicitar autorización. En muchos casos, lo que se indica es que si el usuario continúa navegando, se da por sentado que acepta el uso de cookies. Por un lado, es lógico que así sea, pues a veces podría ocurrir que el usuario ni siquiera se diera cuenta del aviso. Sin embargo, todavía habrá que esperar a ver si se considera esto como suficiente o si habrá que realizar una notificación de una manera más clara. Algunos servicios optan por introducir un banner de un tercio de la web en la zona superior, que se ve claramente, o incluso un banner a pantalla completa que obligue al usuario a leerlo antes de continuar navegando. Estos sistemas son mucho más precisos, aunque podrían conseguir que los usuarios abandonaran la página web en lugar de consentir el uso de cookies.
¿Quién debe cumplir con la Ley de cookies?
Tanto las empresas como los profesionales que tengan una página web, así como otros que ofrezcan servicios de la información, deben cumplir con la Ley de cookies. Y esto aplica tanto a los que están establecidos en España, como a los que dirigen una página web específicamente al público español, por lo que incluso se verían afectadas aquellas páginas web extranjeras que van dirigidas también a España, que son una gran cantidad de tiendas onlines de marcas de reputación mundial que operan hoy en día en Internet, vendiendo en España, pero establecidas legalmente en otros países, como Irlanda, por ejemplo.
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